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Retribuciones del Consejo de Administración

Política de retribuciones de Repsol

El principio que define nuestra política retributiva es la búsqueda de generación recíproca de valor para el Grupo y para los Consejeros y la alineación de sus intereses con los de los accionistas, asegurando una total transparencia. La Política de Remuneraciones de Repsol recoge los principios y criterios aplicables con respecto a la retribución de los consejeros en su condición de tales y por el desempeño de funciones ejecutivas. Estos principios y criterios se revisan de forma periódica por la Comisión de Retribuciones y por el Consejo de Administración, con el fin de mantener alineada la política retributiva de la Compañía con las mejores prácticas y tendencias del mercado.

Principios que sigue la remuneración de los consejeros ejecutivos por el desempeño de sus funciones ejecutivas:

  • Asegurar que la retribución, en cuanto a su estructura y cuantía global, cumple con las mejores prácticas y es competitiva en relación con otras entidades comparables para poder así atraer, retener y motivar a los mejores profesionales.
  •  Establecer una retribución con criterios objetivos relacionados con el desempeño individual de los consejeros ejecutivos y la consecución de los objetivos empresariales de la sociedad y del grupo.
  • Mantener un componente variable anual ligado a la consecución de objetivos concretos y cuantificables, alineados con el interés social, con sistemas de control y medición que determinen la percepción de la retribución variable en función de evaluaciones que midan el desempeño individual y la contribución personal a la consecución de los objetivos fijados.
  • Incorporar sistemas de retribución variable de carácter plurianual que fomenten la consecución de objetivos a medio/largo plazo y la retención de las personas clave, promoviendo la sostenibilidad y la rentabilidad de la Sociedad en el largo plazo.
  • Mantener un equilibrio adecuado y en línea con las mejores prácticas de mercado entre los diferentes elementos del paquete retributivo. A estos efectos, se ha considerado, entre otros aspectos, la información recibida de los accionistas de la Sociedad, de inversores institucionales y de los asesores de voto, en el contexto de los procesos de consulta y engagement llevados a cabo por Repsol.
  •  Asegurar el alineamiento con los accionistas fomentando la tenencia de acciones.
  • Mantener alineada la política retributiva de los consejeros ejecutivos y la de la alta dirección.

 

Por su parte, la retribución de los Consejeros en su condición de tales se basa en los siguientes principios:

  • La remuneración debe ser suficiente y adecuada a la dedicación, cualificación y responsabilidades de los Consejeros, pero sin que dicha remuneración pueda llegar a comprometer su independencia de criterio.
  • La retribución debe ser acorde con la que se satisfaga en el mercado. Para ello, se toman en consideración las retribuciones de consejeros fijadas en otros grupos empresariales cotizados, similares a los de Repsol en cuanto a tamaño, complejidad de sus negocios y operaciones y distribución geográfica de sus activos.
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